Marco Jurídico de la Investigación de Accidentes de Trabajo en México

 



 

ASIGNATURA:

MGIR 208 INVETIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO

 

 

TEMA:

 

Marco Jurídico de la Investigación de Accidentes de trabajo en México

 

 

 

 

 

 

Universidad Ducens

Maestría en Gestión Integral de Riesgos

Alumna: Edith Espinosa Álvarez

12 de noviembre del 2023


 


TABLA DE CONTENIDO:

 

 

1.   Introducción

 

2.   Marco Jurídico de la Investigación de accidentes de trabajo en México.

 

3.   Conclusiones

 

4.   Comentario Personal

 

5.   Bibliografía


 

Marco Jurídico de la Investigación de Accidentes de Trabajo en México

 

 

1.   Introducción

 

La actividad física o intelectual que las personas realizan para alcanzar un objetivo o satisfacer una necesidad denominada trabajo, lo ha acompañado a lo largo de su evolución histórica, dicha actividad ha derivado en consecuencias tales como la producción de accidentes y enfermedades de trabajo en mayor o menor grado.

 

En un inicio el trabajo se realizaba de manera manual y era desempeñado principalmente por esclavos, cuando un esclavo sufría cualquier tipo de enfermedad o lesión, la incapacidad laboral era considerada como un daño cuya responsabilidad se atribuía al dueño del esclavo.

 

El desarrollo industrial trajo el incremento de accidentes laborales, consecuencia del desconocimiento e inexperiencia en la manipulación de la maquinaria, lo que obligo a aumentar las medidas de seguridad.

La investigación de accidentes laborales es una técnica que permite realizar un análisis de los accidentes que han ocurrido y cuyo objetivo es determinar las causas raíz que los han originado.

y, es una de las funciones de la seguridad industrial que permite determinar las causas que los originan y contribuyen a la correcta implementación de las acciones que permitan evitar su recurrencia

 

2.   Marco Jurídico de la Investigación de Accidentes de Trabajo en México

 

La OIT (Organización Internacional del Trabajo) institución especializada de la organización de las Naciones Unidas, a la que México ingresó en 1946, en 2015 publicó la Guía práctica para inspectores del trabajo. Investigación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

 

En México se cuenta con referencias específicas en materia laboral, así como también ambiental; ésta última ha generado una guía sobre el modelo y equipo de trabajo según tipo de accidentes y su seguimiento general para investigación y llegar a las causas raíces.

 

Ley Federal del trabajo aborda y establece en su:

Artículo 474. Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.

 

EReglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo dice en su:

Artículo 8. Son obligaciones de los trabajadores

III. Dar aviso inmediato al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene, sobre las Condiciones Inseguras que adviertan y de los Accidentes de Trabajo que ocurran, y colaborar en la investigación de los mismos;

Artículo 45. Respecto de la constitución, integración, organización y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene, los patrones deberán:

VI. Apoyar la investigación de los Accidentes y Enfermedades de Trabajo que lleve a cabo la Comisión de Seguridad e Higiene;

IX. Difundir entre los trabajadores del Centro de Trabajo, por cualquier medio:

b) Los resultados de las investigaciones sobre los Accidentes y Enfermedades de Trabajo,

Artículo 54. Para la administración de la seguridad de los procesos y equipos críticos donde se manejen Sustancias Químicas Peligrosas, los patrones deberán:

VI. Contar con un procedimiento para la investigación de accidentes mayores;

IX. Capacitar a los trabajadores sobre la operación, revisión, mantenimiento, reparación, alteración y paros de emergencia de los equipos críticos; la realización de trabajos peligrosos; la atención a emergencias; la práctica de auditorías internas, y la investigación de accidentes mayores;

 

NOM-012-STPS-2012. Condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo donde se manejen fuentes de radiación ionizante

7.1. El programa de seguridad y protección radiológica deberá contener, al menos, lo siguiente:

d) Los procedimientos para la investigación de incidentes o accidentes.

 

NOM-019-STPS-2011. Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.

5.9 Apoyar la investigación de los accidentes y enfermedades de trabajo que lleve a cabo la comisión, proporcionando para tal efecto información sobre:

a) Los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran en el centro de trabajo;

b) Los procesos de trabajo y las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas utilizadas,

c) El seguimiento a las causas de los riesgos de trabajo que tengan lugar en el centro laboral.

6.5 Proporcionar a la comisión la información que se encuentre a su alcance para la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.

9.5 Los recorridos de verificación previstos en el programa anual de la comisión, se deberán realizar al menos con una periodicidad trimestral, a efecto de:

b) Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo que en su caso ocurran, de acuerdo con los elementos que les proporcione el patrón y otros que estimen necesarios (Véase Guía de Referencia I Investigación de las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo);

10.2 El programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión, deberá comprender al menos los temas siguientes:

h) El procedimiento para la investigación sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran.

6.2 Dar aviso de inmediato al patrón y/o a la comisión de seguridad e higiene sobre las condiciones inseguras que adviertan en el funcionamiento de la maquinaria y equipos auxiliares empleados en el manejo de materiales y/o en las áreas de almacenamiento, así como de los accidentes de trabajo que ocurran, y colaborar en la investigación de los mismos.

 

NOM-023-STPS-2012. Minas subterráneas y minas a cielo abierto, condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

5.30 Realizar la investigación sobre los accidentes y siniestros ocurridos para adoptar las medidas preventivas y correctivas que eviten su repetición, y llevar un registro de los mismos, de conformidad con lo que se precisa en el Capítulo 15 de la presente Norma. Registro e investigación de los accidentes y siniestros

 

NOM-028-STPS-2012. Sistema para la administración del trabajo, seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas

5.10   Contar con un procedimiento para la investigación de accidentes mayores, de acuerdo con lo señalado en el Capítulo 14 de esta Norma.

5.13   Disponer de un programa anual para la capacitación a los trabajadores involucrados en las actividades de operación y mantenimiento de los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas; la realización de trabajos peligrosos; la atención a emergencias; la práctica de auditorías internas, y la investigación de accidentes mayores, conforme a lo que prevé el Capítulo 17 de la presente Norma.

 

NOM-031-STPS-2011. Construcción-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

21. Registro e investigación de los accidentes de trabajo

21.1 En las obras de construcción se deberá contar con un registro de los accidentes de trabajo, mismo que habrá de contener, al menos, lo siguiente:

a) El tipo de accidente ocurrido;

b) Los indicadores de frecuencia y gravedad para controlar su incidencia;

c) El comportamiento de los accidentes de trabajo, de acuerdo con las actividades y fases de la obra, y

d) El seguimiento a las medidas de seguridad adoptadas después de un accidente, con base en los resultados de la investigación.

 

21.2 Cuando ocurra un accidente de trabajo en las obras de construcción, se deberá realizar una investigación que al menos comprenda lo siguiente:

a) La identificación de los datos generales del accidentado;

b) Las causas del accidente, entre otras, las condiciones peligrosas o inseguras y/o actos inseguros que provocaron el accidente, enfermedad o daño material;

c) Las consecuencias del accidente, con la precisión de la parte del cuerpo lesionada, y el tipo de lesión y/o el daño material que se ocasionó;

d) La descripción secuencial del accidente y del mecanismo de exposición;

e) La evaluación del accidente, con la probabilidad de ocurrencia y gravedad del daño;

f) Las actividades o medidas que debieron existir para prevenir el accidente;

g) El seguimiento del accidente y las medidas de seguridad implementadas;

h) Los antecedentes o enfermedades de trabajo anteriores y lesiones sufridas por el trabajador accidentado;

i) El resultado de la investigación, y

j) Las propuestas de medidas de seguridad que deberán adoptarse en forma mediata o inmediata, con base en los resultados de la investigación, para evitar la repetición del accidente.

 

Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para que los regulados lleven a cabo las investigaciones causa raíz de incidentes y accidentes ocurridos en sus instalaciones emitido por la SEMARNAT 24 de enero de 2017

 

3.   Conclusiones

 

La investigación de accidentes como herramienta de control de la seguridad, es imprescindible en los centros laborales, por lo que es necesario sensibilizar a los trabajadores que comuniquen los accidentes aun tengan consecuencias leves, que permita prevenir que se de algún accidente fatal.

 

4.   Comentario Personal

 

Hay una frase que dice “después del niño ahogado, tapan el pozo”. Definitivamente, si ocurrió un accidente de trabajo, es por falta de prevención, sin embargo, con la adecuada investigación de un accidente, permite establecer las correcciones necesarias y aplicar medidas que sirvan de prevención para disminuir o mitigar futuros accidentes.

 

5.   Bibliografía

 

1.    Ley Federal del Trabajo

2.    Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. (México)

3.    NOM-012-STPS-2012. Condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo donde se manejen fuentes de radiación ionizante

4.    NOM-019-STPS-2011. Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.

5.    NOM-023-STPS-2012. Minas subterráneas y minas a cielo abierto, condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

6.    NOM-028-STPS-2012. Sistema para la administración del trabajo, seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas

7.    NOM-031-STPS-2011. Construcción-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

8.    Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para que los regulados lleven a cabo las investigaciones causa raíz de incidentes y accidentes ocurridos en sus instalaciones Emitido por la SEMARNAT 24 de enero de 2017

9.    Manual Didáctico: Investigación de Accidentes Ducens MSST

 

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