Principios Jurídicos que sustentan la inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo

 



 

ASIGNATURA:

MGIR 415 GESTIÓN DEL PROCESO DE INSPECCIÓN

 

 

TEMA:

 

Principios Jurídicos que sustentan la inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo

 

 

 

 

Universidad Ducens

Maestría en Gestión Integral de Riesgos

Alumna: Edith Espinosa Alvarez

 


 


TABLA DE CONTENIDO:

 

 

1.   Introducción

 

2.   Principios Jurídicos que sustentan la inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo

 

3.   Bibliografía


 

1.   Introducción

 

La inspección del trabajo es un sector clave del sistema de administración del trabajo de un país. Según la OIT, los objetivos de la inspección del trabajo son:

·         El cumplimiento de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo y a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión;

·         El suministro de información técnica y asesoramiento a los empleadores y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones legales;

·         La identificación de las deficiencias o los abusos que no estén específicamente cubiertos por las disposiciones legales existentes.

 

Un sistema de inspección eficaz es esencial para promover y supervisar el cumplimiento de la legislación en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. La vigilancia del cumplimiento de la ley y las sanciones son elementos indispensables de todo sistema de inspección del trabajo, pero deberían combinarse en forma adecuada con las políticas de prevención, que tienen el propósito de ayudar a que los empleadores y los trabajadores eviten o eliminen el riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.


En términos prácticos, la función preventiva que ejercen los servicios de inspección conlleva una mayor importancia de las actividades proactivas, por ejemplo, llevar a cabo visitas de inspección planificadas para fines como la educación, planes de evaluación para nuevos edificios, instalaciones, maquinaria, procesos, y suministro de información y asesoramiento incluyendo campañas de sensibilización, entre otras cosas. Sin embargo, las medidas proactivas deben complementarse con actividades reactivas, como la investigación de las denuncias, o la investigación de los accidentes para identificar las acciones que ayudarán a prevenir las recurrencias.

 

2.   Principios jurídicos que sustentan la inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo

 

ACUERDOS QUE NUESTRO PAÍS FIRMA EN ADHESIÓN A LAS DIRECTRICES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT).

 

Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155)

Artículo 9. El control de la aplicación de las leyes y de los reglamentos relativos a la seguridad, la higiene y el medio ambiente de trabajo deberá estar asegurado por un sistema de inspección apropiado y suficiente.

El sistema de control deberá prever sanciones adecuadas en caso de infracción de las leyes o de los reglamentos.

El rango de supervisión reglamentaria de las inspecciones del trabajo cambia en forma significativa de un país a otro. Los servicios de inspección del trabajo abordan diversas cuestiones relacionadas con el trabajo: las condiciones de trabajo, los salarios, las relaciones laborales y la Seguridad y Salud en el Trabajo.


En México hablando del ámbito laboral, viene regulado desde la carta magna y de ésta emana la Ley Federal del Trabajo y su Reglamento, que tienen validez a nivel nacional.

 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

En su artículo 123 que nos dicta las relaciones obrero patronales, de este artículo de su apartado A se emite la Ley Federal del Trabajo y de su apartado B se emite la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, ley reglamentaria.

 

LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Artículo 540.- La Inspección del Trabajo tiene las funciones siguientes:

     I.        Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo;

    II.        Facilitar información técnica y asesorar a los trabajadores y a los patrones sobre la manera más efectiva de cumplir las normas de trabajo;

  III.        Poner en conocimiento de la autoridad las deficiencias y las violaciones a las normas de trabajo que observe en las empresas y establecimientos;

  IV.        Realizar los estudios y acopiar los datos que le soliciten las autoridades y los que juzgue conveniente para procurar la armonía de las relaciones entre trabajadores y patrones; y

   V.        Las demás que le confieran las leyes.

Artículo 909.- El Tribunal, en auxilio de las partes, podrá actuar con la mayor amplitud para que los peritos nombrados, realicen las investigaciones y estudios que juzguen conveniente, y podrán actuar con la mayor amplitud, teniendo, además de las inherentes a su desempeño, las facultades siguientes:

II. Practicar toda clase de inspecciones en la empresa o establecimiento y revisar sus libros y documentos…

 

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Artículo 62.- Las autoridades administrativas, para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias podrán llevar a cabo visitas de verificación, mismas que podrán ser ordinarias y extraordinarias; las primeras se efectuarán en días y horas hábiles, y las segundas en cualquier tiempo.

Artículo 69.- Las dependencias podrán, de conformidad con las disposiciones aplicables, verificar bienes, personas y vehículos de transporte con el objeto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales, para lo cual se deberán cumplir, en lo conducente, las formalidades previstas para las visitas de verificación.

 

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 104. La función de inspección en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, se realizará en los términos previstos en la Ley, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, y este Reglamento

 

REGLAMENTO GENERAL DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Y APLICACIÓN DE SANCIONES

Artículo 12. Serán objeto de vigilancia y promoción del cumplimiento de la legislación laboral todos los Centros de Trabajo, de acuerdo a la competencia de cada una de las Autoridades del Trabajo, y las agencias de colocación de trabajadores, conforme a los Programas de Inspección. La vigilancia y promoción del cumplimiento de la normatividad laboral en los Centros de Trabajo, se realizará mediante Inspecciones, o bien, a través de los Mecanismos Alternos a la Inspección.

Artículo 14. El cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en los Centros de Trabajo podrá acreditarse en los términos que establezca la Ley de Infraestructura de la Calidad, el presente Reglamento, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como otras leyes o reglamentos aplicables. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de las Autoridades del Trabajo para realizar las Inspecciones correspondientes.

 

En materia de Seguridad y Salud en el Trabajo se aplican las NOM-STPS y las que le puedan aplicar al centro de trabajo, en conjunto con la Normatividad que se emita derivada en el cumplimiento de leyes ambientales, de protección civil y las que de ahí deriven.

 

3.   Bibliografía

 

OIT. INSPECCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO https://www.ilo.org/safework/areasofwork/occupational-safety-and-health-inspection/lang--es/index.htm

 

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