Formalidades en las inspecciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo

 


 

ASIGNATURA:

MGIR 415 GESTIÓN DEL PROCESO DE INSPECCIÓN

 

 

TEMA:

 

Formalidades en las inspecciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo

 

 

 

Universidad Ducens

Maestría en Gestión Integral de Riesgos

Alumna: Edith Espinosa Alvarez

 


 


TABLA DE CONTENIDO:

 

 

1.   Introducción

 

2.   Formalidades en las inspecciones en materia de Seguridad y salud en el Trabajo

 

3.   Bibliografía


 

1.   Introducción

 

La Gestión de los riesgos es una tarea diaria y permanente en un Centro de Trabajo. Algunos factores como la actividad realizada, la competitividad en el mercado, los plazos forzados de entrega, falta de orden y limpieza, actitud de los trabajadores, y el poco o nulo control en las tareas pueden llevarnos a escenarios muy propensos a accidentes y enfermedades.

 

Las inspecciones buscan verificar que los procesos, las actividades y las tareas se desempeñen acorde con lo planificado, y se identifiquen desviaciones y necesidades para mejorar; y en el caso del área de seguridad y salud en el trabajo es una herramienta basada en un proceso de análisis visual y documental que busca verificar que las actividades se ejecuten de manera saludable y segura, acorde con los procedimientos, estándares y políticas, e identifiquen la mejora dentro de los procesos o espacios laborales, por el bien y protección de los trabajadores y la organización.

 

La existencia de un sistema eficaz de inspección del trabajo es un elemento central para la promoción del trabajo decente. Un sistema de inspección que funcione adecuadamente resulta vital para garantizar el cumplimiento efectivo de la legislación laboral y la protección de los trabajadores. La inspección del trabajo aumenta la efectividad de las políticas laborales y contribuye a la inclusión social a través del trabajo.

 

Los inspectores del trabajo son funcionarios públicos que actúan en la realidad concreta y cotidiana de las relaciones laborales, contribuyendo de ese modo con la promoción del trabajo decente y la mejora de las condiciones de trabajo, incluidas las condiciones de seguridad y salud. Por este motivo, es tan importante contar con protocolos que permitan a éstos realizar una inspección adecuada y eficiente.

 

2.   Formalidades en las inspecciones en materia de Seguridad y salud en el Trabajo

 

Inspección de Condiciones Generales de Seguridad y Salud en el Trabajo

 

Consiste en vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir riesgos laborales, a través de los diversos tipos de inspección, las cuales son:

 

1.    Asesoría y Asistencia Técnica;

2.    Constatación de Datos y Determinación de Competencia;

3.    De la Supervisión;

4.    Ordinarias, que a su vez pueden ser iniciales, periódicas y de comprobación;

5.    Extraordinarias, este tipo de inspecciones se llevarán a cabo, según lo ordena la Ley Federal del Trabajo, entre otros supuestos, cuando existan quejas o denuncias por cualquier medio o forma, de posibles violaciones a la legislación laboral.

 

La autoridad laboral está obligada a vigilar el cumplimiento de la normatividad en los centros de trabajo. No obstante, para llevar a cabo una inspección extraordinaria en seguridad y salud es necesario recibir una queja, denuncia o solicitud, por cualquier persona que tenga conocimiento de que existen irregularidades en un centro de trabajo.

 

Para poder realizar esta actividad, la Ley Federal de Trabajo establece los deberes y atribuciones de los Inspectores en los siguientes artículos:

 

Artículo 541.- Los Inspectores del Trabajo tienen los deberes y atribuciones siguientes:

     I.        Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, especialmente de las que establecen los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones, de las que reglamentan el trabajo de las mujeres y los menores, y de las que determinan las medidas preventivas de riesgos de trabajo, seguridad e higiene;

    II.        Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o nocturno, previa identificación;

  III.        Interrogar, solos o ante testigos, a los trabajadores y patrones, sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las normas de trabajo;

  IV.        Exigir la presentación de libros, registros u otros documentos, a que obliguen las normas de trabajo;

   V.        Sugerir se corrijan las violaciones a las condiciones de trabajo;

  VI.        Disponer que se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo cuando constituyan una violación de las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de los trabajadores;

VI Bis. Ordenar, previa consulta con la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, la adopción de las medidas de seguridad de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para la vida, la salud o la integridad de las personas. En este caso, si así son autorizados, los Inspectores deberán decretar la restricción de acceso o limitar la operación en las áreas de riesgo detectadas. En este supuesto, deberán dar copia de la determinación al patrón para los efectos legales procedentes.

Dentro de las 24 horas siguientes, los Inspectores del Trabajo, bajo su más estricta responsabilidad, harán llegar un informe detallado por escrito a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con copia del mismo al patrón.

VII.        Examinar las substancias y materiales utilizados en las empresas y establecimientos cuando se trate de trabajos peligrosos; y

VIII.     Los demás que les confieran las leyes.

Los Inspectores del Trabajo deberán cumplir puntualmente las instrucciones que reciban de sus superiores jerárquicos en relación con el ejercicio de sus funciones.

 

Artículo 542.- Los Inspectores del Trabajo tienen las obligaciones siguientes:

I.     Identificarse con credencial debidamente autorizada, ante los trabajadores y los patrones;

II.    Inspeccionar periódicamente las empresas y establecimientos;

III. Practicar inspecciones extraordinarias cuando sean requeridos por sus superiores o cuando reciban alguna denuncia respecto de violaciones a las normas de trabajo;

IV. Levantar acta de cada inspección que practiquen, con intervención de los trabajadores y del patrón, haciendo constar las deficiencias y violaciones a las normas de trabajo, entregar una copia a las partes que hayan intervenido y turnarla a la autoridad que corresponda; y

V.   Las demás que les impongan las leyes.

 

Al inicio de las Inspecciones ordinarias o extraordinarias, el Inspector del Trabajo deberá entregar al patrón o a su representante o a la persona con quien se entienda la diligencia, el original de la orden escrita respectiva, con firma autógrafa del servidor público facultado para ello, así como una guía que contenga los principales derechos y obligaciones del inspeccionado. Dichas órdenes de Inspección deberán precisar el Centro de Trabajo a inspeccionar, su ubicación, el objeto y alcance de la diligencia, su fundamento legal, así como los números telefónicos a los que el patrón podrá comunicarse para constatar los datos de la orden correspondiente.

 

 

Pasos que realiza el inspector o verificador durante la inspección, verificación o visita domiciliaria

 

1.    Entregar el original de la orden de inspección, así como guía que contenga los principales derechos y obligaciones del inspeccionado.

2.    Mostrar la identificación del inspector con credencial vigente

3.    Solicitud de información y documentación respecto al alcance de la orden de inspección

4.    Levantamiento de acta circunstanciada, con la intervención del patrón o su representante, así como la de los trabajadores, en presencia de dos testigos de asistencia

 

Derechos y obligaciones del sujeto regulado

 

b. Que el inspector se identifique con credencial vigente con fotografía.

c. Usted podrá comprobar la veracidad de la inspección y la identidad del inspector. Hacer uso de la palabra en el acta de inspección y a que se asiente en la misma lo que desee aclarar.

d. Presentar por escrito las observaciones y pruebas relacionadas con la inspección dentro de los 5 días hábiles siguientes a la misma.

e. Firmar el acta de inspección y a que el inspector le entregue copia con firmas autógrafas.

f. Que el inspector otorgue orientación y asesoría a los trabajadores y al patrón o a sus representantes.

g. Denunciar ante la Unidad de Contraloría Interna de la STPS, cualquier irregularidad que cometa el inspector

 

 

3.   Bibliografía

 

        Ley Federal del Trabajo

        Ley Federal de Procedimiento Administrativo

        Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo

 

 

 

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