Formalidades en las inspecciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo
ASIGNATURA:
MGIR 415
GESTIÓN DEL PROCESO DE INSPECCIÓN
TEMA:
Formalidades
en las inspecciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo
Universidad
Ducens
Maestría
en Gestión Integral de Riesgos
Alumna:
Edith Espinosa Alvarez
TABLA
DE CONTENIDO:
1. Introducción
2. Formalidades
en las inspecciones en materia de Seguridad y salud en el Trabajo
3. Bibliografía
1. Introducción
La Gestión
de los riesgos es una tarea diaria y permanente en un Centro de Trabajo. Algunos
factores como la actividad realizada, la competitividad en el mercado, los plazos
forzados de entrega, falta de orden y limpieza, actitud de los trabajadores, y el
poco o nulo control en las tareas pueden llevarnos a escenarios muy propensos a
accidentes y enfermedades.
Las inspecciones
buscan verificar que los procesos, las actividades y las tareas se desempeñen
acorde con lo planificado, y se identifiquen desviaciones y necesidades para
mejorar; y en el caso del área de seguridad y salud en el trabajo es una
herramienta basada en un proceso de análisis visual y documental que busca
verificar que las actividades se ejecuten de manera saludable y segura, acorde
con los procedimientos, estándares y políticas, e identifiquen la mejora dentro
de los procesos o espacios laborales, por el bien y protección de los trabajadores
y la organización.
La
existencia de un sistema eficaz de inspección del trabajo es un elemento
central para la promoción del trabajo decente. Un sistema de inspección que
funcione adecuadamente resulta vital para garantizar el cumplimiento efectivo
de la legislación laboral y la protección de los trabajadores. La inspección
del trabajo aumenta la efectividad de las políticas laborales y contribuye a la
inclusión social a través del trabajo.
Los
inspectores del trabajo son funcionarios públicos que actúan en la realidad
concreta y cotidiana de las relaciones laborales, contribuyendo de ese modo con
la promoción del trabajo decente y la mejora de las condiciones de trabajo,
incluidas las condiciones de seguridad y salud. Por este motivo, es tan importante
contar con protocolos que permitan a éstos realizar una inspección adecuada y
eficiente.
2.
Formalidades en las inspecciones en materia de Seguridad y
salud en el Trabajo
Inspección de Condiciones
Generales de Seguridad y Salud en el Trabajo
Consiste en vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente en
materia de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir
riesgos laborales, a través de los diversos tipos de inspección, las cuales
son:
1.
Asesoría y Asistencia Técnica;
2.
Constatación de Datos y Determinación de Competencia;
3.
De la Supervisión;
4.
Ordinarias, que a su vez pueden ser iniciales, periódicas y de
comprobación;
5.
Extraordinarias, este tipo de inspecciones se llevarán a cabo,
según lo ordena la Ley Federal del Trabajo, entre otros supuestos, cuando
existan quejas o denuncias por cualquier medio o forma, de posibles
violaciones a la legislación laboral.
La autoridad laboral está obligada a vigilar el cumplimiento de la
normatividad en los centros de trabajo. No obstante, para llevar a cabo una
inspección extraordinaria en seguridad y salud es necesario recibir una queja,
denuncia o solicitud, por cualquier persona que tenga conocimiento de que
existen irregularidades en un centro de trabajo.
Para poder realizar esta actividad, la Ley Federal de Trabajo
establece los deberes y atribuciones de los Inspectores en los siguientes
artículos:
Artículo 541.- Los Inspectores del Trabajo tienen los
deberes y atribuciones siguientes:
I.
Vigilar
el cumplimiento de las normas de trabajo, especialmente de las que establecen
los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones, de las que reglamentan
el trabajo de las mujeres y los menores, y de las que determinan las medidas
preventivas de riesgos de trabajo, seguridad e higiene;
II.
Visitar
las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o
nocturno, previa identificación;
III.
Interrogar,
solos o ante testigos, a los trabajadores y patrones, sobre cualquier asunto
relacionado con la aplicación de las normas de trabajo;
IV.
Exigir
la presentación de libros, registros u otros documentos, a que obliguen las
normas de trabajo;
V.
Sugerir
se corrijan las violaciones a las condiciones de trabajo;
VI.
Disponer
que se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de
trabajo cuando constituyan una violación de las normas de trabajo o un peligro
para la seguridad o salud de los trabajadores;
VI Bis. Ordenar,
previa consulta con la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, la
adopción de las medidas de seguridad de aplicación inmediata en caso de peligro
inminente para la vida, la salud o la integridad de las personas. En este caso,
si así son autorizados, los Inspectores deberán decretar la restricción de
acceso o limitar la operación en las áreas de riesgo detectadas. En este
supuesto, deberán dar copia de la determinación al patrón para los efectos
legales procedentes.
Dentro de las 24
horas siguientes, los Inspectores del Trabajo, bajo su más estricta
responsabilidad, harán llegar un informe detallado por escrito a la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, con copia del mismo al patrón.
VII.
Examinar
las substancias y materiales utilizados en las empresas y establecimientos
cuando se trate de trabajos peligrosos; y
VIII. Los
demás que les confieran las leyes.
Los Inspectores del Trabajo deberán
cumplir puntualmente las instrucciones que reciban de sus superiores
jerárquicos en relación con el ejercicio de sus funciones.
Artículo 542.- Los Inspectores del Trabajo tienen las
obligaciones siguientes:
I. Identificarse con credencial debidamente
autorizada, ante los trabajadores y los patrones;
II.
Inspeccionar periódicamente las
empresas y establecimientos;
III. Practicar
inspecciones extraordinarias cuando sean requeridos por sus superiores o cuando
reciban alguna denuncia respecto de violaciones a las normas de trabajo;
IV. Levantar
acta de cada inspección que practiquen, con intervención de los trabajadores y
del patrón, haciendo constar las deficiencias y violaciones a las normas de
trabajo, entregar una copia a las partes que hayan intervenido y turnarla a la
autoridad que corresponda; y
V. Las demás que les impongan las leyes.
Al
inicio de las Inspecciones ordinarias o extraordinarias, el Inspector del
Trabajo deberá entregar al patrón o a su representante o a la persona con quien
se entienda la diligencia, el original de la orden escrita respectiva, con
firma autógrafa del servidor público facultado para ello, así como una guía que
contenga los principales derechos y obligaciones del inspeccionado. Dichas
órdenes de Inspección deberán precisar el Centro de Trabajo a inspeccionar, su
ubicación, el objeto y alcance de la diligencia, su fundamento legal, así como
los números telefónicos a los que el patrón podrá comunicarse para constatar
los datos de la orden correspondiente.
Pasos que realiza el inspector o verificador
durante la inspección, verificación o visita domiciliaria
1. Entregar
el original de la orden de inspección, así como guía que contenga los
principales derechos y obligaciones del inspeccionado.
2. Mostrar
la identificación del inspector con credencial vigente
3. Solicitud
de información y documentación respecto al alcance de la orden de inspección
4. Levantamiento
de acta circunstanciada, con la intervención del patrón o su representante, así
como la de los trabajadores, en presencia de dos testigos de asistencia
Derechos y obligaciones del sujeto regulado
b. Que el inspector se
identifique con credencial vigente con fotografía.
c. Usted podrá comprobar la
veracidad de la inspección y la identidad del inspector. Hacer uso de la
palabra en el acta de inspección y a que se asiente en la misma lo que desee
aclarar.
d. Presentar por escrito las
observaciones y pruebas relacionadas con la inspección dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la misma.
e. Firmar el acta de inspección y
a que el inspector le entregue copia con firmas autógrafas.
f. Que el inspector otorgue
orientación y asesoría a los trabajadores y al patrón o a sus representantes.
g. Denunciar ante la Unidad de
Contraloría Interna de la STPS, cualquier irregularidad que cometa el inspector
3. Bibliografía
•
Ley Federal del Trabajo
•
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
•
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
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